Guía práctica · Qué hacer ante una denegación
Qué hacer si el INSS deniega el complemento de brecha de género
Una denegación no siempre significa que no tengas derecho. Muchas veces se debe a documentación incompleta, a un error en la fecha de reconocimiento de la pensión, o a que tu expediente se resolvió antes de que se aclarara la doctrina actual sobre el complemento. Esta guía explica los motivos más habituales de denegación y las dos vías para recurrirla.
Motivos habituales de denegación
Las dos vías para recurrir una denegación
Si presentas la reclamación previa y el INSS no responde en 45 días, se entiende denegada por silencio administrativo negativo, y el plazo para acudir al Juzgado de lo Social empieza a contar igualmente. No es necesario esperar indefinidamente una respuesta expresa.
Cómo redactar la reclamación previa
La reclamación previa no requiere formalidades complejas. Debe incluir tus datos identificativos, el número de expediente de la resolución que recurres, los motivos por los que consideras que la denegación es incorrecta, y la petición concreta —el reconocimiento del complemento con efectos desde la fecha que corresponda—.
Si tu denegación se basó en ser hombre y es anterior a julio de 2025, es especialmente importante citar expresamente la STS 3173/2025 y la sentencia del TJUE de mayo de 2025, ya que son la base jurídica que obliga a revisar ese tipo de denegaciones.
¿Merece la pena recurrir por un importe pequeño?
Es una pregunta habitual, especialmente cuando el complemento mensual es de 36,90€ o 73,80€. Pero conviene tener en cuenta que el recurso no es solo por la cuota futura: si tienes razón, también se reconocen los atrasos acumulados desde el momento en que naciste el derecho, que pueden sumar varios miles de euros en función de cuántos años lleves sin cobrarlo. El trámite de reclamación previa, además, es gratuito y no exige abogado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la reclamación previa yo mismo, sin abogado? Sí, tanto la reclamación previa como, en muchos casos, el recurso ante el Juzgado de lo Social para pensiones de cuantía reducida se pueden presentar sin asistencia letrada obligatoria, aunque contar con asesoramiento suele facilitar el proceso.
¿Qué pasa si pierdo el plazo de 30 días? Si dejas pasar el plazo para la reclamación previa, la resolución denegatoria queda firme para ese expediente concreto. Sin embargo, dado que el derecho al complemento no prescribe según el Tribunal Supremo, en muchos casos es posible presentar una nueva solicitud posteriormente.
¿Cuánto tiempo lleva todo el proceso si llega hasta el juzgado? Depende del juzgado y la carga de trabajo de cada partido judicial, pero suele oscilar entre 6 y 18 meses desde que se presenta la demanda hasta que hay sentencia.