Guía práctica · Trámite paso a paso
Cómo solicitar el complemento de brecha de género ante el INSS
Solicitar el complemento de brecha de género es un trámite sencillo si sabes qué documentos preparar y por qué vía presentarlos. Esta guía explica el proceso completo, desde la primera solicitud hasta qué hacer si tu pensión ya está reconocida y nunca lo pediste.
Antes de empezar: comprueba si tienes derecho
Antes de iniciar cualquier trámite, conviene confirmar que cumples los requisitos. El complemento aplica a titulares de pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad que hayan tenido hijos o hijas. Si tu pensión se reconoció desde febrero de 2021 basta con 1 hijo; si es anterior a esa fecha, el régimen entonces vigente exigía un mínimo de 2.
Si tienes dudas sobre si tu caso concreto cumple los requisitos, puedes comprobarlo en menos de un minuto con nuestro verificador de elegibilidad, que responde con un sí o un no según tu situación.
Dos situaciones distintas: solicitud nueva o revisión de una denegación anterior
El procedimiento varía ligeramente según tu caso. Si tu pensión es reciente o vas a solicitarla ahora, el complemento se pide en el mismo trámite de la pensión. Si ya tienes la pensión reconocida desde hace tiempo y nunca solicitaste el complemento, o te lo denegaron antes de julio de 2025, el procedimiento es una solicitud de revisión de oficio.
Situación A — Al solicitar la pensión por primera vez
Si estás tramitando tu pensión de jubilación, incapacidad o viudedad ahora, el complemento se solicita como parte del mismo expediente. En el formulario de solicitud de pensión hay un apartado específico para declarar el número de hijos, que activa automáticamente el cálculo del complemento si procede.
Situación B — Si ya tienes la pensión reconocida y nunca lo pediste
Este es el caso más habitual entre quienes buscan esta guía. Si tu pensión ya está en curso y nunca solicitaste el complemento —muy frecuente entre padres pensionistas antes de julio de 2025— tienes que presentar una solicitud de reconocimiento del complemento de forma independiente.
Documentos necesarios
Antes de iniciar el trámite, reúne esta documentación:
Cómo presentar la solicitud paso a paso
Puedes pedir cita previa en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) llamando al 901 16 65 65 o desde la Sede Electrónica. Es recomendable llevar toda la documentación en papel además de en formato digital.
Qué pasa una vez aprobado
Si el INSS reconoce tu derecho al complemento, el importe mensual se incorpora automáticamente a tu nómina de pensión a partir de la resolución. Si tienes derecho a atrasos —por ejemplo, si tu pensión llevaba tiempo reconocida sin que hubieras cobrado el complemento— estos se abonan normalmente en un pago único e independiente, que puede tardar algunas semanas adicionales en hacerse efectivo tras la resolución.
Es buen momento para calcular de antemano cuánto deberías recibir, tanto en la cuota mensual como en los atrasos, para poder verificar que el importe reconocido es correcto cuando llegue la resolución.
Preguntas frecuentes sobre el trámite
¿Tiene coste solicitar el complemento? No, el trámite es completamente gratuito. Desconfía de cualquier gestoría o despacho que cobre por presentar únicamente la solicitud inicial ante el INSS.
¿Necesito abogado para solicitarlo? No es necesario en la solicitud inicial. Solo puede ser recomendable contar con asesoramiento si el INSS deniega tu solicitud y necesitas presentar una reclamación previa o un recurso judicial posterior.
¿Cuánto tarda en resolverse? El plazo legal máximo es de 90 días, aunque la mayoría de expedientes se resuelven en 4-8 semanas si la documentación está completa desde el principio.