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Guía práctica · Trámite paso a paso

Cómo solicitar el complemento de brecha de género ante el INSS

Actualizado a julio de 2026 · Lectura: 6 minutos

Solicitar el complemento de brecha de género es un trámite sencillo si sabes qué documentos preparar y por qué vía presentarlos. Esta guía explica el proceso completo, desde la primera solicitud hasta qué hacer si tu pensión ya está reconocida y nunca lo pediste.

Antes de empezar: comprueba si tienes derecho

Antes de iniciar cualquier trámite, conviene confirmar que cumples los requisitos. El complemento aplica a titulares de pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad que hayan tenido hijos o hijas. Si tu pensión se reconoció desde febrero de 2021 basta con 1 hijo; si es anterior a esa fecha, el régimen entonces vigente exigía un mínimo de 2.

Si tienes dudas sobre si tu caso concreto cumple los requisitos, puedes comprobarlo en menos de un minuto con nuestro verificador de elegibilidad, que responde con un sí o un no según tu situación.

Dos situaciones distintas: solicitud nueva o revisión de una denegación anterior

El procedimiento varía ligeramente según tu caso. Si tu pensión es reciente o vas a solicitarla ahora, el complemento se pide en el mismo trámite de la pensión. Si ya tienes la pensión reconocida desde hace tiempo y nunca solicitaste el complemento, o te lo denegaron antes de julio de 2025, el procedimiento es una solicitud de revisión de oficio.

Situación A — Al solicitar la pensión por primera vez

Si estás tramitando tu pensión de jubilación, incapacidad o viudedad ahora, el complemento se solicita como parte del mismo expediente. En el formulario de solicitud de pensión hay un apartado específico para declarar el número de hijos, que activa automáticamente el cálculo del complemento si procede.

Situación B — Si ya tienes la pensión reconocida y nunca lo pediste

Este es el caso más habitual entre quienes buscan esta guía. Si tu pensión ya está en curso y nunca solicitaste el complemento —muy frecuente entre padres pensionistas antes de julio de 2025— tienes que presentar una solicitud de reconocimiento del complemento de forma independiente.

Documentos necesarios

Antes de iniciar el trámite, reúne esta documentación:

DNI o NIE en vigor
Número de la Seguridad Social o número de afiliación
Libro de familia o certificados de nacimiento de cada hijo/a
Resolución de tu pensión actual (si ya está reconocida)
Certificado de empadronamiento (solo si te lo solicitan expresamente)

Cómo presentar la solicitud paso a paso

Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social
Entra en sede.seg-social.gob.es con certificado digital, Cl@ve o usuario y contraseña. Si no tienes ninguno de estos métodos, puedes tramitarlo presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) pidiendo cita previa.
Busca el trámite de "Complemento de pensiones contributivas por aportación demográfica"
Es el nombre técnico con el que la Seguridad Social identifica este complemento en su plataforma. Puedes encontrarlo en el buscador de trámites escribiendo "complemento brecha" o "complemento maternidad".
Rellena el formulario con tus datos y el número de hijos
Indica el número de hijos e hijas, sus fechas de nacimiento y adjunta el libro de familia o los certificados de nacimiento en formato PDF o imagen escaneada.
Adjunta la documentación y envía la solicitud
Revisa que todos los documentos estén legibles antes de enviar. Recibirás un justificante de registro con número de expediente — guárdalo para hacer seguimiento.
Espera la resolución
El INSS tiene un plazo máximo de 90 días para resolver, aunque en la práctica muchos expedientes se resuelven antes. Recibirás la resolución por el mismo canal por el que presentaste la solicitud.
Si prefieres tramitarlo presencialmente

Puedes pedir cita previa en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) llamando al 901 16 65 65 o desde la Sede Electrónica. Es recomendable llevar toda la documentación en papel además de en formato digital.

Qué pasa una vez aprobado

Si el INSS reconoce tu derecho al complemento, el importe mensual se incorpora automáticamente a tu nómina de pensión a partir de la resolución. Si tienes derecho a atrasos —por ejemplo, si tu pensión llevaba tiempo reconocida sin que hubieras cobrado el complemento— estos se abonan normalmente en un pago único e independiente, que puede tardar algunas semanas adicionales en hacerse efectivo tras la resolución.

Es buen momento para calcular de antemano cuánto deberías recibir, tanto en la cuota mensual como en los atrasos, para poder verificar que el importe reconocido es correcto cuando llegue la resolución.

Antes de presentar la solicitud
Calcula el importe exacto que deberías recibir
Ir a la calculadora →

Preguntas frecuentes sobre el trámite

¿Tiene coste solicitar el complemento? No, el trámite es completamente gratuito. Desconfía de cualquier gestoría o despacho que cobre por presentar únicamente la solicitud inicial ante el INSS.

¿Necesito abogado para solicitarlo? No es necesario en la solicitud inicial. Solo puede ser recomendable contar con asesoramiento si el INSS deniega tu solicitud y necesitas presentar una reclamación previa o un recurso judicial posterior.

¿Cuánto tarda en resolverse? El plazo legal máximo es de 90 días, aunque la mayoría de expedientes se resuelven en 4-8 semanas si la documentación está completa desde el principio.