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Guía completa · Igualdad de derechos

Complemento de maternidad para hombres: guía completa 2026

Actualizado a julio de 2026 · Lectura: 7 minutos

Durante años, el complemento de pensión por hijos se reservó exclusivamente a las mujeres, con la excepción de casos muy concretos. Eso cambió por completo en 2025. Esta guía explica qué dijo la sentencia que lo cambió todo, quién tiene derecho hoy y cómo un padre pensionista puede reclamarlo.

De dónde viene la desigualdad original

El complemento de maternidad nació en 2016 con un objetivo claro: compensar el impacto que tener hijos había tenido históricamente en las carreras profesionales y las pensiones de las mujeres. La norma original solo reconocía este derecho a las madres, salvo en supuestos muy limitados donde el padre podía acceder a él —principalmente si la madre había fallecido o no tenía derecho a pensión.

Esta configuración generó una contradicción legal evidente: un complemento pensado para corregir una desigualdad terminaba creando otra desigualdad distinta, esta vez en perjuicio de los hombres que también habían visto afectada su carrera por la crianza, o que simplemente merecían el mismo trato ante una circunstancia objetiva —haber tenido hijos— que no dependía de su sexo.

La línea temporal del cambio

2019
Primeras sentencias cuestionando la exclusión de los padres
Juzgados de lo Social empiezan a plantear dudas sobre si excluir a los hombres del complemento vulnera el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres del derecho de la Unión Europea.
Mayo 2025
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
El TJUE resuelve que reservar el complemento exclusivamente a las mujeres, sin posibilidad real de acceso para los hombres en las mismas circunstancias, constituye una discriminación directa por razón de sexo prohibida por la Directiva 79/7/CEE.
Julio 2025
Sentencia del Tribunal Supremo (STS 3173/2025)
El Tribunal Supremo asume la doctrina del TJUE y la aplica de forma vinculante para los tribunales españoles, confirmando que hombres y mujeres deben acceder al complemento en igualdad de condiciones.
Julio 2025 en adelante
El INSS empieza a aplicar la doctrina administrativamente
La Seguridad Social adapta sus criterios de gestión para reconocer el complemento a los padres sin necesidad de que cada caso pase por un juzgado, aunque las solicitudes de revisión de expedientes antiguos denegados siguen tramitándose de forma individual.

Qué significa esto en la práctica hoy

Desde julio de 2025, un padre pensionista con hijos tiene exactamente el mismo derecho que una madre pensionista en la misma situación. No se exige acreditar ningún perjuicio adicional en la carrera profesional, ni ningún requisito distinto al que se exige a las mujeres: basta con ser titular de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y haber tenido hijos.

Antes de julio 2025
Los hombres solo accedían al complemento en supuestos muy limitados (fallecimiento de la madre, ausencia de derecho de esta) o teniendo que litigar caso por caso ante los tribunales, con resultado incierto.
Desde julio 2025
Cualquier padre pensionista con hijos tiene el mismo derecho automático que las madres, sin necesidad de acudir a la vía judicial ni acreditar requisitos adicionales.

Si eres padre y nunca lo solicitaste

Si te jubilaste, o se te reconoció una pensión de incapacidad o viudedad, en cualquier momento desde febrero de 2021, y tienes hijos, es muy probable que tengas derecho al complemento y no lo estés cobrando. Muchos padres pensionistas simplemente no sabían que la normativa cambió, porque durante años la información pública se dirigía casi exclusivamente a las madres.

Puedes reclamarlo ahora presentando una solicitud de reconocimiento del complemento, que además puede llevar aparejados atrasos si nunca lo cobraste desde que naciste el derecho. Un padre jubilado en 2022 con 2 hijos, por ejemplo, puede acumular varios miles de euros en atrasos sin haberlo sabido nunca.

"La normativa que excluye a los padres del derecho al complemento salvo en supuestos excepcionales constituye una discriminación directa por razón de sexo." — Doctrina asumida por el Tribunal Supremo español a partir de la sentencia del TJUE de mayo de 2025.

Si ya lo solicitaste antes y te lo denegaron

Si presentaste una solicitud antes de julio de 2025 y el INSS te la denegó por ser hombre, puedes pedir la revisión de ese expediente a la luz de la nueva doctrina. No es necesario iniciar un procedimiento judicial desde cero: basta con presentar una nueva solicitud haciendo referencia a la denegación anterior y solicitando su revisión conforme a la STS 3173/2025.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito demostrar que tuve un perjuicio profesional por ser padre? No. La normativa actual no exige acreditar ningún perjuicio específico en la carrera profesional, ni a hombres ni a mujeres. El derecho nace del hecho objetivo de haber tenido hijos, no de una demostración de impacto laboral.

¿Aplica también a padres viudos? Sí, el complemento aplica a las tres modalidades de pensión (jubilación, incapacidad permanente y viudedad) por igual para hombres y mujeres.

¿Hay un plazo límite para reclamarlo? El Tribunal Supremo ha dictaminado que el derecho no prescribe, aunque la retroactividad efectiva de los atrasos puede tener matices según el momento en que se presente la solicitud.